Protocolo del artículo 31 letra g) de la Ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales:
“Las medidas para evitar la realización de diligencias innecesarias, reducir al mínimo las entrevistas y procurar la celeridad y tramitación preferente de las diligencias que supongan la interacción con niños, niñas y adolescentes”.
En este protocolo encontrarás información sobre:
– Medidas para evitar la realización de diligencias innecesarias durante todo el proceso penal, reducir al mínimo las entrevistas y procurar la celeridad y tramitación preferente de las diligencias que supongan la interacción con niños, niñas o adolescentes.
– Parámetros generales que propendan a la realización de diligencias y actuaciones útiles y pertinentes
– Criterios para celeridad y tramitación preferente de las diligencias y actuaciones.
Texto elaborado por la Subcomisión para la implementación de la Ley N° 21.057, de la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema de Justicia Penal.
Agosto, 2019