Protocolo del artículo 31 letra f) de la Ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales.
Las medidas que permitan generar las condiciones necesarias para que cada interacción con niños, niñas y adolescentes, éstos puedan ejercer plenamente sus derechos conforme al desarrollo de sus capacidades”.
En este protocolo encontrarás información sobre:
– Medidas que permitan generar las condiciones necesarias para que en cada interacción con niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA), estos puedan ejercer plenamente sus derechos conforme al desarrollo de sus capacidades.
– Instancias de interacción con NNA.
– Condiciones que permitan a los NNA ejercer sus derechos conforme al desarrollo de sus capacidades.
– Normas de interacción tratadas en otros protocolos (denuncia, investigación, juzgamiento)
Texto elaborado por la Subcomisión para la implementación de la Ley N° 21.057, de la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema de Justicia Penal. Agosto, 2019