“Protocolo del artículo 31 letra b) de la Ley n° 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales:
Los estándares de coordinación interinstitucional que permitan que los niños, niñas o adolescentes, víctimas o testigos, reciban apoyo y puedan acceder a los recursos de resguardo de la salud física y psíquica, de manera oportuna y eficiente”.
En este protocolo encontrarás información sobre:
- Criterios de acceso oportuno a los recursos de resguardo de la salud física y psíquica de los NNA.
- Criterios de eficiencia para el acceso a los recursos de resguardo de la salud física y psíquica de los NNA.
- Formas de derivación interinstitucional, para la atención de los NNA.
- Formas de seguimiento interinstitucional, respecto de la atención de los NNA.
Texto elaborado por la Subcomisión para la implementación de la Ley N° 21.057, de la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema de Justicia Penal. Septiembre, 2019